La estructuración y ejecución de los proyectos inmobiliarios que lleve a cabo o vaya a adelantar la Agencia Nacional Inmobiliaria “Virgilio Barco Vargas”, en ejercicio de sus funciones se podrá realizar sin requerir desembolso de recursos públicos y de acuerdo con la normativa aplicable al mecanismo fiduciario utilizado por la Agencia, como si se tratara de una asociación público privada de iniciativa privada.
Los recursos que se generen en los proyectos inmobiliarios que se desarrollan mediante contratos de fiducia mercantil, provenientes del intercambio u operación predial que realice la Agencia Nacional Inmobiliaria “Virgilio Barco Vargas”, así como del ejercicio de su actividad, harán parte de los proyectos que se adelanten por este mecanismo y se ejecutarán a través de los respectivos patrimonios autónomos, sin operación presupuestal alguna por parte de la Agencia.