Micelio

Artículo 15

Los Puntos A Que Se Refieren Los Artículos 11 Y 12 Del Presente Decreto, Se Reconocerán A Los Docentes Cuyo Ingreso O Reingreso Sea Posterior A La Fecha De Vigencia De Este Decreto

Decreto 910 de 1992 · por el cual se dictan disposiciones en materia salarial y prestacional para los empleados públicos docentes de la Universidad Nacional de Colombia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los puntos a que se refieren los artículos 11 y 12 del presente Decreto, se reconocerán a los docentes cuyo ingreso o reingreso sea posterior a la fecha de vigencia de este decreto. Igualmente se reconocerán a los docentes que hayan ingresado con posterioridad al mes de junio de 1981 y que hayan cambiado o cambiaren, de cátedra a tiempo completo, o dedicación exclusiva, quienes deben hacer la solicitud pertinente al Comité de Asignación de Puntaje.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 910 de 1992