La Junta Central y las Juntas Seccionales tendrán la obligación de revisar los diplomas de los médicos veterinarios en cada Departamento dentro de los seis meses siguientes a la promulgación de este Decreto. Las Juntas Seccionales informarán a la Junta Central de sus actividades, a fin de que se dé estricto cumplimiento a los requisitos fijados por el presente Decreto para el ejercicio de l medicina veterinaria.
Decreto 1099 de 1930 →Vigente
Artículo 101
La Junta Central Y Las Juntas Seccionales Tendrán La Obligación De Revisar Los Diplomas De Los Médicos Veterinarios En Cada Departamento Dentro De Los Seis Meses Siguientes A La Promulgación De Este Decreto
Decreto 1099 de 1930 · Por el cual se reglamenta la Ley 35 de 1929, sobre ejercicio de las profesiones médicas y algunas otras
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.