Los propietarios o tenedores de vehículos serán sancionados con multa en los siguientes casos
Cuando esté prestando servicio y no se encuentre vinculado legalmente a una empresa habilitada con dos (2) SMMLV.
Cuando esté prestando el servicio después de haberse desvinculado de una empresa, será sancionado con dos (2) SMMLV.
Cuando no suprima los distintivos de la empresa una vez desvinculado, será sancionado con dos (2) SMMLV.
Cuando no suministren a la empresa los documentos necesarios para la obtención de la tarjeta de operación, será sancionado con dos (2) SMMLV.