º. El Instituto Colombiano de Cultura adquirirá una cantidad mínima de doscientos (200) ejemplares de la primera edición de cada libro de autor colombiano impreso en el país, los que se destinarán exclusivamente a las bibliotecas públicas, nacionales, departamentales, municipales, universitarias y escolares.
En cuanto se trate de ediciones de corto tiraje o de alto valor comercial, la cantidad de ejemplares de que trata este artículo podrá ser inferior a doscientos (200) ejemplares según lo determine el Instituto Colombiano de Cultura.