°. Subsidio Familiar de Vivienda en Contratos de Leasing Habitacional. Es el subsidio familiar de vivienda al que los hogares de todos los municipios del país, independientemente de la categoría que les corresponda según la ley, pueden acceder acreditando la suscripción de un contrato de leasing habitacional, con una entidad autorizada por la Superintendencia Financiera de Colombia para tal fin, cumpliendo con los requisitos establecidos en el presente decreto. La entidad otorgante del subsidio familiar de vivienda suscribirá convenios con las entidades autorizadas para realizar operaciones de leasing habitacional a fin de definir la operatividad de asignación y pago de los subsidios familiares de vivienda en contratos de leasing habitacional. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio establecerá las condiciones y procedimientos para la suscripción de los convenios de que trata el presente artículo.
Decreto 391 de 2012 →Vigente
Artículo 2
Subsidio Familiar De Vivienda En Contratos De Leasing Habitacional
Decreto 391 de 2012 · por el cual se reglamenta el subsidio familiar de vivienda aplicado a contratos de leasing habitacional destinado a la adquisición de vivienda familiar y se fijan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.