Artículo primero . A partir del primero de agosto del presente año, conviértense los siguientes cargos que vienen funcionando a jornal en el Ministerio de Minas y Petróleos en cargos a sueldo fijo, así: Departamento Primero. f) Correspondencia: 1 Mecanógrafa con asignación mensual de $ 240.00 Departamento Segundo. Servicio Legal: 1 Mecanógrafa con asignación mensual de 240.00
Decreto 2013 de 1953 →Vigente
Artículo 1
Decreto 2013 de 1953 · Por el cual se convierten unos cargos a jornal en cargos a sueldo fijo, se modifican unas asignaciones, se cambia la denominación de dos empleados en Ministerio de Minas y Petróleos y se modifica el Decreto número 0738 de 1953
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.