Micelio

Artículo 5

En Caso De Que Se Considere Necesario Para La Debida Organización De La Administración De Hacienda Nacional De Córdoba, El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Podrá Nombrar Anticipadamente El Personal Creado En Este Decreto, Con Derecho Al Reconocimiento De Las Asignaciones Previstas Para Los Respectivos Cargos

Decreto 2867 de 1952 · Por el cual se créa la Administración de Hacienda Nacional del Departamento de Córdoba y se señala el personal de la misma y sus asignaciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° En caso de que se considere necesario para la debida organización de la Administración de Hacienda Nacional de Córdoba, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público podrá nombrar anticipadamente el personal creado en este Decreto, con derecho al reconocimiento de las asignaciones previstas para los respectivos cargos. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2867 de 1952