° En caso de que se considere necesario para la debida organización de la Administración de Hacienda Nacional de Córdoba, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público podrá nombrar anticipadamente el personal creado en este Decreto, con derecho al reconocimiento de las asignaciones previstas para los respectivos cargos. Comuníquese y publíquese.
Decreto 2867 de 1952 →Vigente
Artículo 5
En Caso De Que Se Considere Necesario Para La Debida Organización De La Administración De Hacienda Nacional De Córdoba, El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Podrá Nombrar Anticipadamente El Personal Creado En Este Decreto, Con Derecho Al Reconocimiento De Las Asignaciones Previstas Para Los Respectivos Cargos
Decreto 2867 de 1952 · Por el cual se créa la Administración de Hacienda Nacional del Departamento de Córdoba y se señala el personal de la misma y sus asignaciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.