° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL Capítulo 62: Del artículo 840. Para alimentación de alumnos y empleados internos, servicios de energía, agua, aseo, material de enseñanza, útiles de escritorios, mobiliario, deportes y demás gastos de este Colegio (Pinillos, de Mompós) $ 1.600.00 Capítulo 63: Del artículo 877. Para alimentación de alumnas y empleadas internas, sostenimiento del restaurante de la Escuela Anexa, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, deportes y demás gastos de esta Normal (de Rurales, de Bogotá) $ 4.000.00 Del artículo 897. Para alimentación de alumnas y empleadas internas, dotación del laboratorio, sostenimiento del restaurante de la Escuela Anexa, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, deportes y demás gastos de esta Normal (de Rurales, de Santa Marta) 900.00 Suman los contracréditos $ 6.500.00 Capítulo 63: Al artículo 903-A. Para dotación de la Normal de Icononzo (Tolima) $ 5.000.00 Capítulo 72: Al artículo 1096. Para gastos extraordinarios e imprevistos del Ministerio 1.500.00 Suman los créditos $ 6.500.00
Decreto 1640 de 1943 →Vigente
Artículo 1
Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Educacion Nacional Capítulo 62: Del Artículo 840
Decreto 1640 de 1943 · Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de la vigencia fiscal en curso (Ministerio de Educación Nacional)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.