Micelio

Artículo 4

Decreto 3731 de 1981 · Por el cual se sustituye el Decreto número 1337 del 6 de junio de 1979 sobre la enseñanza de los idiomas extranjeros.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto . La elaboración de los nuevos programas para la enseñanza de idiomas extranjeros está a cargo de la Dirección General de Capacitación y Perfeccionamiento Docente, Currículo y Medios Educativos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3731 de 1981