Micelio

Artículo 1

Ley 30 de 1877 · Que concede varias pensiones del Tesoro Público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Concédense del Tesoro nacional las siguientes pensiones mensuales:

La de treinta potos ($ 30) a cada una de las señoras Mercédes i Gabriela Dussan, hermanas lejitimas del Jeneral Antonio Dussan, muerto en la batalla de "Garrapata," el 21 de noviembre de 1876;

La de cuarenta pesos ($ 40) a las señoritas Mariana, María Antonia i Amalia Buendía A., hermanas del joven José María Buendía Arciniégas, muerto por causa de las heridas que recibió en el Iguacito, en defensa de las instituciones nacionales;

La de treinta pesos ($ 30) a la señora Feliciana Sierra, madre de Juan J. Sánchez; i la de diez i seis pesos ($ 16) a la viuda e hijos de Tomas Ortiz, muertos ambos en el citado combate del Iguacito;

La de treinta pesos ($ 30) a las señoras Cármen Mejía i Amalia. Mantilla, viuda e hija del Teniente-coronel Darío Mantilla, invalidado en la batalla de Santa Bárbara en 1862, i muerto en actual servicio de las instituciones, el 13 de octubre último;

La de treinta i dos pesos ($ 32) a David i Manuela Granádos S, hijos del Coronel David Granados, sacrificado En el combate de San Pedro el 29 de diciembre último;

La de quince pesos ($ 15) a Eleuteria i Natalia Márquez, hermanas del Subteniente Víctor Márquez, muerto en el combate de "La Cabaña;"

La de diez pesos ($ 10) a cada una de las señoras Valentina i Francisca Posse, hermanas del Teniente Anacársis Pesse, muerto en el citado combate de "La Cabaña."

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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