Se Entiende Por Sistema Nacional De Bienestar Familiar El Conjunto De Organismos, Instituciones, Agencias O Entidades Públicas O Privadas Que Total O Parcialmente, Atienden A La Prestación Del Servicio
Decreto 2388 de 1979 · Por el cual se reglamentan las leyes 75 de 1968, 27 de 1974 y 7ª de 1979
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º. Se entiende por Sistema Nacional de Bienestar Familiar el conjunto de organismos, instituciones, agencias o entidades públicas o privadas que total o parcialmente, atienden a la prestación del servicio.
Parágrafo
estas expresiones son equivalentes y se designan con el nombre genérico de "Instituciones". Concordancia: Ley 7ª de 1979, artículos 12 y 14.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.