Mediante los requisitos que determinen los reglamentos, será objeto de las operaciones de bolsa, previa su respectiva inscripción, la compra y venta de los siguientes valores
Bonos y otras obligaciones emitidas por entidades de derecho público y establecimientos oficiales o semioficiales;
Bonos y otras obligaciones emitidas por Gobiernos extranjeros.
Acciones y bonos emitidos por sociedades comerciales legalmente constituidas.
Acciones, títulos de participación, cédulas hipotecarias, bonos de garantía general y de garantía específica, y otras obligaciones emitidas por establecimientos de crédito legalmente autorizados.
Pagarés y letras de cambio garantizados por establecimientos bancarios.
Metales amonedados en barras y divisas extranjeras, en cuanto lo permitan las disposiciones legales.
Los demás valores de la misma naturaleza de los expresados, previa autorización de la Comisión Nacional de Valores.