Micelio

Artículo 7

Funciones De La Consejería Presidencial Para La Atención De La Población Desplazada Por La Violencia

Decreto 501 de 1998 · por el cual se establece la organización y funcionamiento del Fondo Nacional para la Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Funciones de la Consejería Presidencial para la Atención de la Población Desplazada por la Violencia. La Consejería Presidencial para la Atención de la Población Desplazada por la Violencia con relación al Fondo Nacional para la Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia ejercerá las siguientes funciones

1.

Coordinar la ejecución de los recursos del Fondo, de conformidad con las estrategias contempladas en el Plan Nacional para la Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia, en concertación con el Administrador del Fondo.

2.

Propiciar los mecanismos de concertación entre las autoridades de los diferentes niveles de la administración, para la ejecución de las medidas que el Gobierno Nacional adopte orientadas a la atención integral del fenómeno.

3.

Solicitar los informes de administración y ejecución de los recursos.

4.

Las demás que señalen otras disposiciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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