°. Las "industrias básicas" que gozan de las exenciones a que se refiere este Decreto, son aquellas que utilizan materias primas nacionales en proporción no inferior al sesenta por ciento (60%) del valor de las consumidas durante el año gravable, siempre que su necesidad o conveniencia para la economía del país haya sido calificada, con relación a un ejercicio fiscal, por medio de resolución ejecutiva, previo concepto favorable del Consejo Nacional de Política Económica y Planeación.
Artículo 1
Las "industrias Básicas" Que Gozan De Las Exenciones A Que Se Refiere Este Decreto, Son Aquellas Que Utilizan Materias Primas Nacionales En Proporción No Inferior Al Sesenta Por Ciento (60%) Del Valor De Las Consumidas Durante El Año Gravable, Siempre Que Su Necesidad O Conveniencia Para La Economía Del País Haya Sido Calificada, Con Relación A Un Ejercicio Fiscal, Por Medio De Resolución Ejecutiva, Previo Concepto Favorable Del Consejo Nacional De Política Económica Y Planeación
Decreto 1393 de 1961 · Por el cual se reglamenta la Ley 81 de 1960, en lo relativo a incentivos tributarios para industrias básicas y complementarias a la producción de hierro
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
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