Micelio

Artículo 2.2.13.6.1

Coexistencia Con Otros Programas De Los Servicios Sociales Complementarios

Decreto 1833 de 2016 · por medio del cual se compilan las normas del Sistema General de Pensiones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Coexistencia con otros programas de los Servicios Sociales Complementarios. Las personas que al momento de cumplir los requisitos para ser beneficiarías del Servicio Social Complementario de BEPS cumplan también con los requisitos para ser beneficiarías del otro programa de los que pertenecen a estos Servicios, podrán ser beneficiarias de los dos programas paralelamente. (Decreto número 604 de 2013, artículo 13). CAPÍTULO 7 REGLAS APLICABLES PARA QUE QUIENES AHORREN EN EL MECANISMO DE BENEFICIOS ECONÓMICOS PERIÓDICOS BEPS

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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