Micelio

Artículo 2

Decreto 2015 de 1958 · Por el cual se suprimen unos cargos y se crean otros en el Ministerio de Agricultura

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo . Con base en la disponibilidad presupuestal proveniente de la supresión de cargos de que trata el artículo anterior, y con efectividad desde el primero de octubre del año en curso, se crean en las dependencias del Ministerio de Agricultura con la clasificación y asignaciones mensuales que se indican, los siguientes cargos: Oficinas Regionales. Montería

a)

Zona Agropecuaria del Magdalena y Sector Agropecuario de Santa Marta. Comisión de Aguas: 1 Abogado III, grado 12 $ 1.200.00 Espinal : a) Zona Agropecuaria del Tolima y Sector Agropecuario de Ibagué. Comisión de Aguas: 1 Abogado III, grado 12 1.200.00

b)

Zona Agropecuaria del Huila y Sector Agropecuario de Neiva. Comisión de Aguas: 1 Abogado III, grado 12 1.200.00 Palmira. Aguas: 1 Abogado III, grado 12 1.200.00 Total $ 4.800 Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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