Artículo primero. Adiciónanse los cómputos líquidos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal en curso, con la cantidad de tres millones cuatrocientos setenta y nueve mil ciento setenta y un pesos con setenta y siete centavos ($ 3.479.171.77) moneda corriente, así: Recursos del crédito. Numeral 156. Producto de la emisión de pagarés 22 a 47 para financiar la construcción de residencias para la clase media "Centro Antonia Nariño", según actas de 2 de marzo de 1953, aprobadas por Decreto extraordinario 1128 de 1953, adicionales a los contratos de 28 de mayo de 1952, aprobados por Decreto extraordinario 1718 de 1952 $ 3.479.171.77
Decreto 1614 de 1953 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1614 de 1953 · Por el cual se abre un crédito adicional -extraordinario- al Presupuesto para la presente vigencia fiscal (Ministerio de Obras Públicas), y se aclara una providencia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.