°. Adiciónase el artículo 8° del Decreto 798 de 1941 en el sentido de que los pasaportes a que él se refiere también podrán expedirse a las personas indocumentadas. Tal expedición quedará sujeta a la misma reglamentación establecida por el artículo 8° que se adiciona, y se efectuará previa comprobación fehaciente de la nacionalidad colombiana del peticionario y bajo la absoluta responsabilidad del funcionario expedidor.
Decreto 620 de 1973 →Vigente
Artículo 1
Adiciónase El Artículo 8° Del Decreto 798 De 1941 En El Sentido De Que Los Pasaportes A Que Él Se Refiere También Podrán Expedirse A Las Personas Indocumentadas
Decreto 620 de 1973 · Por el cual se adiciona el artículo 8º del Decreto 798 de 1941, relativo a la expedición de pasaportes provisionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.