°. Funciones: El Consejo Nacional de Seguridad Turística desarrollará las siguientes funciones
Promover y articular la ejecución de medidas de prevención y control para el adecuado desarrollo de las actividades turísticas en el país.
Proponer mecanismos de vigilancia de los atractivos turísticos, de acuerdo con el inventario turístico nacional.
Identificar las necesidades en materia de seguridad turística, para el fortalecimiento de la Policía de Turismo.
Atender las necesidades que en materia de seguridad turística sean planteadas por los Comités Departamentales de Seguridad Turística que sean de competencia del nivel nacional.
Articular las acciones del Consejo Nacional de Seguridad Turística y la de los Comités Departamentales de Seguridad Turística.
Recomendar las acciones tendientes a fortalecer la seguridad de los turistas durante sus desplazamientos a través de los diferentes medios de transporte, incluidos los aéreos, terrestres, fluviales, marítimos y lacustres.
Recomendar todas las medidas y acciones que se consideren pertinentes para la protección del turista.
Las recomendaciones y decisiones del Consejo Nacional de Seguridad Turística serán adoptadas por consenso.