Micelio

Artículo 18

Ley 60 de 1968 · por la cual se establecen estimulos a la industria del turismo y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorízase a la Corporación Nacional de Turismo de Colombia para emitir y colocar bonos hasta por la cuantía de doscientos millones de pesos.

El interés, vencimiento y demás modalidades de los bonos, así como los reglamentos para su colocación, se establecerán por la Junta Directiva de la Corporación, con el voto favorable del Ministro de Fomento y requerirán aprobación de la Junta Monetaria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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