El literal c) del artículo 15 del Decreto 421 de 1982 quedara así:
c)
Por el acierto de las tres (3) últimas cifras, se pagarán cuatrocientos pesos ($ 400.00) por cada un peso ($ 1.00) apostado.
Decreto 965 de 1982 · Por el cual se modifica el Decreto reglamentario 421 de 1982
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El literal c) del artículo 15 del Decreto 421 de 1982 quedara así:
Por el acierto de las tres (3) últimas cifras, se pagarán cuatrocientos pesos ($ 400.00) por cada un peso ($ 1.00) apostado.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.