º . Objeto. El presente decreto tiene por objeto establecer los criterios y el procedimiento para la distribución y giro de los recursos de que tratan los artículos 43 de la Ley 1122 de 2007 y 45 de la Ley 1151 de 2007, que corresponden a los excedentes de la Subcuenta de Eventos Catastróficos y Accidentes de Tránsito - ECAT del Fondo de Solidaridad y Garantía - Fosyga, acumulados a diciembre 31 de 2005 y establecer un mecanismo al cual pueden acogerse voluntariamente las entidades territoriales e IPS a las que se refiere el artículo 7º del presente decreto, para adelantar la recuperación de cartera de difícil cobro y el respectivo saneamiento.
Decreto 3740 de 2008 →Vigente
Artículo 1
Decreto 3740 de 2008 · por el cual se definen los criterios para la distribución de los excedentes de la Subcuenta de Eventos Catastróficos y Accidentes de Tránsito - ECAT, del Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA de que trata el artículo 43 de la Ley 1122 de 2007 y parcialmente el artículo 45 de la Ley 1151 de 2007 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.