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Artículo 44

Subdirección De Información Y Analítica

Decreto 1742 de 2020 · Por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección de Información y Analítica . Son funciones de la Subdirección de Información y Analítica las siguientes

1.

Elaborar la política de gobierno de datos de la Entidad y, conforme a la misma, ejercer la gobernanza sobre los activos de información con el fin de asegurar su aprovechamiento por parte de las diferentes dependencias de la Entidad, ejerciendo autoridad y control a través de la implementación de procedimientos, circulares y otros instrumentos relacionados con la recolección, calidad, consistencia (limpieza de datos), y uso, en coordinación con otras dependencias de la entidad, en el marco de sus competencias.

2.

Diseñar e implementar modelos de analítica avanzada y similares, para la producción de estadísticas de gestión, el perfilamiento de riesgos, procesos de fiscalización, recaudo y cobranzas, selectividad aduanera, entre otros, en coordinación con la Subdirección de Procesamiento de Datos, la Subdirección de Análisis de Riesgo y Programación y otras dependencias dentro del ámbito de sus competencias.

3.

Orientar a las dependencias competentes para el mejor aprovechamiento de la información que la DIAN intercambie con organismos multilaterales, entidades del Estado y otros Estados.

4.

Diseñar y ejecutar intervenciones de economía conductual que permitan a las diferentes dependencias de la Entidad, conocer las dinámicas comportamentales de sus grupos de interés, fomentando así la toma de decisiones basadas en evidencia, para el cumplimiento de los objetivos institucionales.

5.

Ejercer las demás funciones que, le correspondan de conformidad con la ley, o de acuerdo a la naturaleza de la dependencia o que le sean asignadas por el Director General de la DIAN.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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