Período de transición. Para efectos de la distribución de los recursos del Sistema General de Participación de 2009, el Departamento Nacional de Planeación, capturará el informe de ejecución presupuestal de los departamentos, distritos y municipios, correspondiente a la vigencia 2007, de conformidad con el procedimiento y los términos dispuestos por el Decreto 72 de 2005, de manera simultánea a lo reportado a través del FUT.
Igualmente, para efectos de lo dispuesto en el artículo 24 del Decreto 416 de 2007, las entidades territoriales presentarán los informes de la vigencia 2007 en los términos establecidos por el Departamento Nacional de Planeación, de manera simultánea a lo reportado a través del FUT.