Micelio

Artículo 1

Decreto 87 de 1916 · sobre provisión de especies postales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo unico. Desde la publicación de este Decreto la adquisición de las estampillas postales de todas clases será contratada por el Ministerio de Hacienda, el cual solicitará a la Dirección General de Correos los datos e informes necesarios para la provisión de tales especies. Quedan en los términos de este Decreto reformados los relativos a la distribución de los negocios entre los diversos Ministerios. Comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 87 de 1916