Instancia Interinstitucional. En desarrollo del principio de coordinación de la función pública se establecerá una Instancia Interinstitucional de Desminado Humanitario, integrada por el Ministro de Defensa Nacional, el Inspector General de las Fuerzas Militares y el Director del Programa Presidencial para la Acción Integral contra las Minas Antipersonal (Paicma). Dicha instancia cumplirá las siguientes funciones:
Elaborar y modificar los estándares de Desminado Humanitario, sobre la base de estándares internacionales y los principios humanitarios.
Recomendar al Ministerio de Defensa Nacional la certificación de las Organizaciones Civiles de Desminado Humanitario, de acuerdo con el estándar respectivo.
Determinar las zonas del territorio nacional donde se realizará progresivamente desminado humanitario.
Asignar las actividades que en las diferentes etapas del desminado humanitario adelantarán las Organizaciones Civiles de Desminado Humanitario que hayan sido avaladas por la Cinamap de acuerdo con el respectivo estándar. Esta asignación será comunicada por el Programa Presidencial para la Acción Integral contra Minas Antipersonal (Paicma).
Recomendar al Ministerio de Defensa Nacional la suspensión o no renovación de las certificaciones expedidas a las Organizaciones Civiles de Desminado Humanitario, cuando haya lugar.
Expedir su propio reglamento.
Las demás que sean compatibles con la naturaleza de las funciones asignadas por la presente Subsección.
El Procurador General de la Nación o su delegado, el Defensor del Pueblo o su delegado, serán invitados permanentes, con voz pero sin voto, a las sesiones de la Instancia Interinstitucional de Desminado Humanitario. Asimismo, a consideración de sus miembros, mediante convocatoria de la Secretaría Técnica, podrán ser invitados a las sesiones organismos nacionales o internacionales que desarrollen actividades de acompañamiento o monitoreo y cualquier otra organización, alcaldes y gobernadores.
El Programa Presidencial para la Acción Integral contra las Minas Antipersonal (Paicma) ejercerá la Secretaría Técnica de la Instancia Interinstitucional de Desminado Humanitario.
(Decreto 3750 de 2011 artículo 6°)