A partir del primero de agosto de todo año, las listas completas de los contribuyentes en cada Departamento, serán fijadas permanentemente en los muros interiores de la Oficina del Administrador de Hacienda Nacional, en donde queden de fácil acceso al público para ser consultadas; en ellas se especificarán, por columnas, las renta bruta de cada contribuyente, la renta líquida y el respectivo gravamen asignado.
El Administrador de Hacienda Nacional, informará a cada contribuyente, cuando éste lo solicite, de la renta bruta que se le ha considerado y de la procedencia de ella, de la renta líquida y del gravamen que se le ha fijado.