º El artículo 3ºdel Decreto 2824 de 1991quedará así: "Artículo 3º Cubrimiento del servicio. El servicio de telefonía móvil celular tendrá un cubrimiento nacional. Para efectos de los planes de expansión del servicio y de adjudicación de la Licitación de que trata el artículo 5ºde este Decreto, se establecen los siguientes Polos Técnicos de Desarrollo (PTD), clasificados en dos tipos
Polos Técnicos de Desarrollo Tipo A (PTDA): PTDA número 1. Santafé de Bogotá, D. C. PTDA número
Barranquilla, Cartagena y Santa Marta. PTDA número
Medellín. PTDA número
Cali. PTDA número
Bucaramanga. 2. Polos Técnicos de Desarrollo Tipo B (PTDB) Los Polos Técnicos de Desarrollo Tipo B (PTDB) dependen de los Polos Técnicos de Desarrollo Tipo A (PTDA) y comprenden todas las demás capitales departamentales de más de ochenta mil (80.000) habitantes. Se distribuyen así: Grupo 1: Depende técnicamente del PTDA número 1 y enlaza las siguientes ciudades: Ibagué, Neiva, Villavicencio, Tunja y Florencia. Grupo 2: Depende técnicamente del PTDA número 2 y enlaza las siguientes ciudades: Riohacha, Sincelejo, Montería y Valledupar. Grupo 3: Depende técnicamente del PTDA número 3 y enlaza las siguientes ciudades: Quibdó, Pereira, Armenia y Manizales. Grupo 4: Depende técnicamente del PTDA número 4 y enlaza las siguientes ciudades: Popayán y Pasto. Grupo 5: Depende técnicamente del PTDA número 5 y enlaza la ciudad de Cúcuta.
Se modifica el Anexo número 1 del Decreto 2824 de 1991 en el sentido de que los municipios de Valledupar, Curumaní, San Diego, Pailitas, Aguachica, San Martín, San Alberto y González del Departamento del Cesar, pasan a formar parte del Grupo número 2 y dejan de formar parte del Grupo número 5".