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Artículo 32

Funciones Del Despacho Del Superintendente Delegado Para Investigaciones Administrativas

Decreto 1080 de 2021 · Por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia Nacional de Salud

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones del Despacho del Superintendente Delegado para Investigaciones Administrativas . Son funciones del Despacho del Superintendente Delegado para Investigaciones Administrativas, las siguientes

1.

Asesorar al Superintendente Nacional de Salud en la formulación de políticas, estrategias, objetivos, planes y programas propios de la actuación administrativa sancionatoria, enmarcados en lo establecido en las leyes especiales y en el Códi¬go de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

2.

Dirigir y ejercer la función de control, e implementar los mecanismos necesarios para su ejercicio.

3.

Iniciar y decidir las investigaciones administrativas cuando en ejercicio de las diferentes actividades de inspección y vigilancia, se evidencien asuntos que pue¬dan constituir infracciones Sistema General de Seguridad Social en Salud, por parte de los sujetos vigilados.

4.

Iniciar y decidir las investigaciones administrativas por el incumplimiento de obligaciones establecidas en las actas de conciliaciones extrajudiciales celebra¬das ante la Superintendencia Nacional de Salud, de conformidad con los trasla¬dos efectuados sobre el particular por el Despacho del Superintendente Delegado para la Función Jurisdiccional y de Conciliación.

5.

Diseñar y proponer los procedimientos aplicables a los vigilados de la Super¬intendencia Nacional de Salud, respecto de las investigaciones administrativas sancionatorias que deba surtir, respetando los derechos del debido proceso, de¬fensa, contradicción y doble instancia, con sujeción al artículo 128 de la Ley 1438 de 2011 y las leyes especiales que regulen la materia y, en lo no previsto allí, de acuerdo a lo establecido en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

6.

Resolver los recursos de reposición y las solicitudes de revocación directa, que se interpongan contra los actos administrativos que expida en ejercicio de sus funciones.

7.

Informar a las autoridades competentes las irregularidades de carácter penal, fis¬cal, disciplinario, judicial u otro que se deriven de hechos investigados dentro de los procesos administrativos sancionatorios.

8.

Mantener control y registro actualizado de las investigaciones adelantadas y de las decisiones tomadas en primera instancia por la Superintendencia Delegada, y elaborar informes que se requieran.

9.

Apoyar la operación de la estrategia de la Red de Controladores del Sistema Ge¬neral de Seguridad Social en Salud, conforme a los lineamientos institucionales.

10.

Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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