Artículo séptimo . No se considerarán para el concurso sino las solicitudes presentadas dentro del término señalado al efecto, y se entenderá que un candidato ha retirado su solicitud en cualquiera de los siguientes casos
Si no suministra, cuando se le solicite, y dentro del término que se le señale, cualquiera evidencia que sea requerida en lo relacionado con el concurso;
Si no asiste a las pruebas obligatorias a la hora y fecha señaladas;
Si no comunica su propósito de aceptar el empleo para el cual ha concursado, dentro del término de los seis (6) días siguientes al recibo de la comunicación de que ha sido seleccionado.