Recursos . La ejecución de las medidas definidas en el presente decreto para el funcionamiento del Programa de Protección para Víctimas y Testigos, estarán sujetas a los recursos que para el efecto se apropien en el Presupuesto General de la Nación y estén contenidos en el Marco de Gastos de Mediano Plazo. Para tal fin el Ministerio del Interior y de Justicia presentará al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, las necesidades presupuestales para ejecución de este Programa.
Decreto 1737 de 2010 →Vigente
Artículo 36
Decreto 1737 de 2010 · por el cual se modifica el Programa de Protección para Víctimas y Testigos de la Ley 975 de 2005, creado mediante el Decreto 3570 de 2007.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.