°. Vicecontralor . A partir del 1° de enero de 2007, el Vicecontralor tendrá derecho a percibir una remuneración mensual de ocho millones trescientos setenta y dos mil cuatrocientos setenta y siete pesos moneda corriente ($8.372.477), de los cuales el 50% corresponde a Gastos de Representación. Además, tendrá derecho a percibir una prima de alta gestión equivalente a dos millones ciento ochenta y cuatro mil trescientos cincuenta y siete pesos moneda corriente ($2.184.357) y una prima técnica equivalente a la suma de dos millones setecientos treinta mil cuatrocientos cuarenta y cinco pesos moneda corriente ($2.730.445). La prima técnica y de alta gestión de que trata este artículo no constituyen factor salarial para ningún efecto legal.
Decreto 622 de 2007 →Vigente
Artículo 3
Vicecontralor
Decreto 622 de 2007 · por el cual se fijan las escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de empleos de la Contraloría General de la República y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.