Micelio

Artículo 8

º D El Contenido

Decreto 1328 de 1984 · Por el cual se reglamenta la Ley 23 de 1981, en cuanto a la expedición de tarjeta profesional de médico

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º D el contenido. La tarjeta profesional que expida el Ministerio de Salud para acreditar la calidad de médico deberá contener

a)

Por el anverso: REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE SALUD Tarjeta Profesional de Médico Espacio para la firma del Médico Tarjeta número..............Fecha de expedición............... Nombre........................................ Cédula de ciudadanía número..................... Universidad..................................Fecha del título.............................. Autorización para ejercer Resolución Nº........Fecha.........

b)

Por el reverso: Espacio para la firma del Ministro Esta tarjeta es documento público y se expide de conformidad con la Ley 23 de 1981. En caso de extravío, su titular deberá dar aviso inmediato. al Ministerio de Salud. A quien llegare a encontrarla se ruega entregarla a cualquier autoridad de policía del lugar o remitirla al Ministerio de Salud.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1328 de 1984