Micelio

Artículo 18

El Grupo De Alojamiento Y Mantenimiento Tendrá Las Siguientes Funciones: A) Efectuar Los Trabajos Que Ordene El Jefe De La Sección De Administración; B) Prestar Los Servicios De Portería, Manejo De Ascensores Y Motores De Acuerdo Con Los Turnos Que Se Establezcan; C) Cuidar De Las Máquinas, Equipos Y Elementos Que Le Sean Asignados En Forma Colectiva O Individual

Decreto 890 de 1960 · Por el cual se reorganizan las dependencias de la Presidencia de la República

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Grupo de Alojamiento y Mantenimiento tendrá las siguientes funciones

a)

Efectuar los trabajos que ordene el Jefe de la Sección de Administración;

b)

Prestar los servicios de Portería, manejo de ascensores y motores de acuerdo con los turnos que se establezcan;

c)

Cuidar de las máquinas, equipos y elementos que le sean asignados en forma colectiva o individual.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 890 de 1960