Créase el Consejo Asesor de Mercados Mayoristas, adscrito al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural integrado por: -El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural o su delegado, quien lo presidirá, - El Director del Departamento Nacional de Planeación o su delegado. - El Ministro de Salud o su delegado, - El Ministro de Desarrollo Económico o su delegado, - El Ministro del Medio Ambiente o su delegado, - El Superintendente de Industria y comercio o su delegado. - Un representante de las Asociaciones de Centrales Mayoristas, elegido de conformidad con el procedimiento que para el efecto señale el Consejo de que trata el presente artículo.
Por citación del Presidente del Consejo Asesor, cuando fuere necesario, a las sesiones de éste podrán asistir los representantes legales de las Centrales Mayoristas.