Micelio

Artículo 33

Adopción De Correctivos

Decreto 841 de 1990 · por el cual se reglamenta la Ley 38 de 1989, Normativa del Presupuesto General de la Nación, en lo referente al Banco de Proyectos de Inversión y otros aspectos generales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Adopción de correctivos. Cuando el Banco de Proyectos de Inversión Nacional detecte obstáculos, deficiencias, fallas o negligencias administrativas en la ejecución de los proyectos de inversión, informará de esto a los asesores del Consejo Superior de Política Fiscal, CONFIS, recomendando las medidas que le parezcan necesarias. Corresponde a los miembros del CONFIS supervisar la adopción efectiva de los correctivos que sean necesarios para asegurar la ejecución eficiente de los proyectos de inversión cuyo seguimiento adelante el Banco de Proyectos de Inversión Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 841 de 1990