° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS CAPITULO 100 Del artículo 1832. Para los gastos de los servicios de teléfono, acueducto, aseo y desinfección, alumbrado y fuerza eléctrica y otros gastos similares, inclusive materiales para los mismos servicios $ 5.000.00 CAPITULO 101 Del articulo 1850. Para los gastos de los servicios de teléfono, acueducto, agua potable, aseo y desinfección, alumbrado y fuerza eléctrica y otros gastos similares, inclusive materiales para los mismos servicios 5.000.00 Del artículo 1853. Para gastos menores de conservación, reparación y adaptación de locales destínados al servicio de las oficinas del ramo Telegráfico y Telefónico 9.000.00 Del artículo 1856. Para la compra de accesorios, materiales, repuestos y otros elementos para los servicios Telegráfico y Telefónico, tales como aparatos telegráficos, baterías, acumuladores, y rectificadores, inclusive gastos de conservación, adaptación y reparación de los mismos 35.000.00 CAPITULO 104 Del artículo 1895. Para el pago del sobresueldo de diciembre de 1947 a los empleados de los ramos Postal y Telegráfico que tengan derecho a este beneficio 34.213.20 Del artículo 1896-A. Para atender al pago de la prima decretada por la Ley 85 de 1947 y Decreto 1042 de 1948, con motivo de la reunión de la IX Conferencia Internacional Americana en la ciudad capital, a todo el personal del Ministerio de Correos y Telégrafos que tenga derecho a dicho beneficio 3.000.00 Del artículo 1897-A. Para los gastos que ocasione la asistencia médica, farmacéutica, quirúrgica, hospitalaria y odontológica de los empleados, obreros y supernumerarios del Ministerio, pendientes de pago a la Caja Nacional de Previsión Social, según contrato celebrado con dicha entidad, correspondientes a la actual vigencia y anteriores 58.219.51 CAPITULO 105 Del artículo 1899. Para personal y material de la Escuela Postal y de Telecomunicaciones y otros gastos que demande la instalación y funcionamiento de la misma 10.000.00 Suman los contracréditos $ 159.432.71 CAPITULO 99 Al artículo 1817. Para sueldos del personal de las oficinas directas del Ministerio $ 1.000.00 Al artículo 1820. Para viáticos y pasajes del personal del Ministerio, cuando viaje por traslados o en comisiones oficiales 3.000.00 Al artículo 1821. Para compra de útiles de escritorio, libros de consulta y demás elementos similalares; para dotación, reparación y conservación del mobiliario y equipo de las oficinas del Ministerio; gastos de encuadernación y empaste, impresión de libros, formularios y otros gastos similares 6.000.00 Al artículo 1824. Para combustibles, lubricantes, reparaciones, repuestos, aseguros, arrendamiento de garajes y demás gastos que ocasionen los vehículos del Ministerio 1.000.00 CAPITULO 100 Al artículo 1834. Para los gastos menores de conservación, reparación y adaptación de locales de las oficinas de correos 1.000.00 CAPITULO 101 Al artículo 1847. Para el pago de jornales que requiera el servicio de telégrafos y teléfonos 5.000.00 Al artículo 1848. Para viáticos y pasajes del personal del ramo cuando viaje por traslados o en comisiones oficiales 10.000.00 Al artículo 1849. Para la compra de útiles de escritorio y otros elementos similares; para dotación, reparación y conservación del mobiliario y equipo de las oficinas del ramo Telegráfico y Telefónico 28.000.00 Al artículo 1855. Para la compra de alambre, postería, aisladores, crucetas, herramientas, jornales y demás elementos necesarios para la construcción, de nuevas líneas telegráficas y telefónicas, y para la conservación y reparación de las axistentes 25.000.00 Al artículo 1857. Para combustibles, lubricantes, reparaciones, repuestos, aseguros, arrendamiento de garajes y demás gastos que ocasionen los vehículos al servicio de los ramos Telegráfico y Telefónico $ 10.000.00 Al artículo 1858. Para pagar el contrato sobre alquiler, construcción, y conservación de líneas telegráficas, telefónicas, aéreas y subterráneas 7.713.20 Al artículo 1859. Para gastos imprevistos y otros no contemplados en los artículos anteriores 3.500.00 CAPITULO 105 Al artículo 1898. Para el pago de cuentas pendientes de toda clase, correspondientes a vigencias expiradas 58.219.51 Suman los créditos $ 159.432.71
Decreto 3065 de 1948 →Vigente
Artículo 1
Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Correos Y Telegrafos Capitulo 100 Del Artículo 1832
Decreto 3065 de 1948 · Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Correos y Telégrafos)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.