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Artículo 1

Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Correos Y Telegrafos Capitulo 100 Del Artículo 1832

Decreto 3065 de 1948 · Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Correos y Telégrafos)

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS CAPITULO 100 Del artículo 1832. Para los gastos de los servicios de teléfono, acueducto, aseo y desinfección, alumbrado y fuerza eléctrica y otros gastos similares, inclusive materiales para los mismos servicios $ 5.000.00 CAPITULO 101 Del articulo 1850. Para los gastos de los servicios de teléfono, acueducto, agua potable, aseo y desinfección, alumbrado y fuerza eléctrica y otros gastos similares, inclusive materiales para los mismos servicios 5.000.00 Del artículo 1853. Para gastos menores de conservación, reparación y adaptación de locales destínados al servicio de las oficinas del ramo Telegráfico y Telefónico 9.000.00 Del artículo 1856. Para la compra de accesorios, materiales, repuestos y otros elementos para los servicios Telegráfico y Telefónico, tales como aparatos telegráficos, baterías, acumuladores, y rectificadores, inclusive gastos de conservación, adaptación y reparación de los mismos 35.000.00 CAPITULO 104 Del artículo 1895. Para el pago del sobresueldo de diciembre de 1947 a los empleados de los ramos Postal y Telegráfico que tengan derecho a este beneficio 34.213.20 Del artículo 1896-A. Para atender al pago de la prima decretada por la Ley 85 de 1947 y Decreto 1042 de 1948, con motivo de la reunión de la IX Conferencia Internacional Americana en la ciudad capital, a todo el personal del Ministerio de Correos y Telégrafos que tenga derecho a dicho beneficio 3.000.00 Del artículo 1897-A. Para los gastos que ocasione la asistencia médica, farmacéutica, quirúrgica, hospitalaria y odontológica de los empleados, obreros y supernumerarios del Ministerio, pendientes de pago a la Caja Nacional de Previsión Social, según contrato celebrado con dicha entidad, correspondientes a la actual vigencia y anteriores 58.219.51 CAPITULO 105 Del artículo 1899. Para personal y material de la Escuela Postal y de Telecomunicaciones y otros gastos que demande la instalación y funcionamiento de la misma 10.000.00 Suman los contracréditos $ 159.432.71 CAPITULO 99 Al artículo 1817. Para sueldos del personal de las oficinas directas del Ministerio $ 1.000.00 Al artículo 1820. Para viáticos y pasajes del personal del Ministerio, cuando viaje por traslados o en comisiones oficiales 3.000.00 Al artículo 1821. Para compra de útiles de escritorio, libros de consulta y demás elementos similalares; para dotación, reparación y conservación del mobiliario y equipo de las oficinas del Ministerio; gastos de encuadernación y empaste, impresión de libros, formularios y otros gastos similares 6.000.00 Al artículo 1824. Para combustibles, lubricantes, reparaciones, repuestos, aseguros, arrendamiento de garajes y demás gastos que ocasionen los vehículos del Ministerio 1.000.00 CAPITULO 100 Al artículo 1834. Para los gastos menores de conservación, reparación y adaptación de locales de las oficinas de correos 1.000.00 CAPITULO 101 Al artículo 1847. Para el pago de jornales que requiera el servicio de telégrafos y teléfonos 5.000.00 Al artículo 1848. Para viáticos y pasajes del personal del ramo cuando viaje por traslados o en comisiones oficiales 10.000.00 Al artículo 1849. Para la compra de útiles de escritorio y otros elementos similares; para dotación, reparación y conservación del mobiliario y equipo de las oficinas del ramo Telegráfico y Telefónico 28.000.00 Al artículo 1855. Para la compra de alambre, postería, aisladores, crucetas, herramientas, jornales y demás elementos necesarios para la construcción, de nuevas líneas telegráficas y telefónicas, y para la conservación y reparación de las axistentes 25.000.00 Al artículo 1857. Para combustibles, lubricantes, reparaciones, repuestos, aseguros, arrendamiento de garajes y demás gastos que ocasionen los vehículos al servicio de los ramos Telegráfico y Telefónico $ 10.000.00 Al artículo 1858. Para pagar el contrato sobre alquiler, construcción, y conservación de líneas telegráficas, telefónicas, aéreas y subterráneas 7.713.20 Al artículo 1859. Para gastos imprevistos y otros no contemplados en los artículos anteriores 3.500.00 CAPITULO 105 Al artículo 1898. Para el pago de cuentas pendientes de toda clase, correspondientes a vigencias expiradas 58.219.51 Suman los créditos $ 159.432.71

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Historia constitucional

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Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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