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Artículo 1

Apruébase El Acuerdo Número 000014del 7 De Octubre De 1996, Emanado De La Junta Directiva Del Instituto Colombiano Del Deporte, Cuyo Contenido Es El Siguiente: Acuerdo Numero 000014de 1996

Decreto 2317 de 1996 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 000014 del 7 de octubre de 1996, expedido por la Junta Directiva del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Apruébase el Acuerdo número 000014del 7 de octubre de 1996, emanado de la Junta Directiva del Instituto Colombiano del Deporte, cuyo contenido es el siguiente: ACUERDO NUMERO 000014DE 1996. (octubre 7) por el cual se suprimen unos cargos y se establece la Planta de Personal del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes. La Junta Directiva del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas en el numeral 2 o del artículo 63de la Ley 181de 1995y el artículo 28del Decreto 1230del 18de julio de 1995, ACUERDA: Artículo 1°. Suprímanse los siguientes cargos de la planta de personal del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, aprobada por el Decreto 945de 1996; Número de cargos Dependencia y denominación del cargo Código Grado Despacho del Director general 1 Profesional Especializado 3010 15 1 Profesional Universitario 3020 10 1 Secretario Ejecutivo 5040 21 1 Secretario Ejecutivo 5040 18 Planta globalizada 2 Profesional Especializado 3010 18 5 Profesional Especializado 3010 17 1 Profesional Especializado 3010 16 6 Profesional Especializado 3010 15 6 Profesional Universitario 3020 10 2 Asistente Administrativo 4140 17 3 Asistente Administrativo 4140 16 1 Analista de Sistemas 4005 16 1 Analista de Sistemas 4005 15 2 Técnico Operativo 4080 13 3 Técnico Operativo 4080 11 1 Técnico Operativo 4080 09 2 Coordinador 5005 23 1 Secretario Ejecutivo 5040 20 4 Secretario Ejecutivo 5040 18 2 Secretario Ejecutivo 5040 15 2 Secretario Ejecutivo 5040 13 2 Secretario Ejecutivo 5040 12 2 Operario Calificado 5300 13 1 Conductor Mecánico 5310 11 2 Auxiliar de Servicios Generales 5335 11 3 Auxiliar de Servicios Generales 5335 09 Artículo 2°. Las funciones propias de las distintas dependencias del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, serán cumplidas por la planta de personal que a continuación se establece: Despacho del Director General 1 Director General de Establecimiento Público 0015 24 2 Asesor 1020 12 1 Tecnólogo 4165 18 1 Secretario Ejecutivo 5040 24 1 Secretario Ejecutivo 5040 23 1 Conductor Mecánico 5310 19 Planta Globalizada 1 Secretario General de Entidad Descentralizada 0037 21 3 Subdirector General de Establecimiento público 0040 21 2 Jefe de Oficina 2045 26 6 Jefe de División 2040 25 16 Profesional Especializado 3010 20 9 Profesional Universitario 3020 13 1 Tecnólogo 4165 18 6 Asistente Administrativo 4140 17 5 Secretario Ejecutivo 5040 24 9 Secretario Ejecutivo 5040 23 4 Conductor Mecánico 5310 19 Artículo 3°. El Director General del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, distribuirá mediante resolución los cargos de la planta globalizada y ubicará al personal de conformidad con la estructura interna, los planes, programas y necesidades del servicio. Artículo 4°. Los funcionarios cuyos cargos sean suprimidos por el artículo 1 o de este Acuerdo, tendrán derecho a una indemnización en los términos y condiciones estipulados en el artículo 8 o de la Ley 27 de 1992y su Decreto reglamentario 1223del 28de junio de 1993. Artículo 5°. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por Decreto del Gobierno Nacional, deroga el Acuerdo número 00004del 20de marzo de 1996y demás disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y cúmplase. El Presidente, (Fdo.) Jorge Gómez Duarte . El Secretario, (Fdo.) Félix Mulford Carbonell ».

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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