Micelio

Artículo 11

Decreto 2095 de 1961 · Por el cual se dictan normas de defensa de playones, sabanas comunales e islas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo once. Corresponde al Ministerio de Agricultura determinar sobre el terreno, por funcionarios de su dependencia, y cuandoquiera que lo estime conveniente, los linderos de playones y sabanas comunales de que trata el Decreto 1963 de 1956; los de tierras recuperadas o desecadas por medios artificiales u otras causas, cuyo dominio no corresponda por accesión u otro titulo a particulares, y los de playones a que se refieren los artículos 13 de la Ley 97 de 1946 y 14 del Decreto 547 de 1947.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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