Micelio

Artículo 8

º

Decreto 1922 de 1994 · Por el cual reglamenta la intervención del Ministerio de Salud en el Sistema de Seguridad Social en Salud, conforme a lo dispuesto en el Decreto-ley 056 de 1975, la Ley 60 de 1993 y el Decreto 1298 de 1994

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La intervención administrativa por vigilancia y control del patrimonio. La intervención administrativa de las instituciones de utilidad común o fundaciones que presten servicios de salud, efectuada en razón de la vigilancia y control de su patrimonio, continuará rigiéndose por las normas establecidas en los Decretos 1088, 739 y 560 de 1991 salvo cuando se trate de la toma de posesión o intervención administrativa para liquidar, materia que se complementa con lo dispuesto en el presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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