Micelio

Artículo 175

Decreto 491 de 1904 · por el cual se reglamenta la Ley 89 de 1903, sobre Instrucción pública.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 175. El Director de la Biblioteca, en su carácter de Inspector de los archivos de la República, ordenará a los empleados encargados de ellos lo conducente para que procedan a formar sendos catálogos conforme al sistema que se emplee para formar el de la Biblioteca nacional. Todos ellos se refundirán en uno solo, a fin de procurar la unidad en el servicio de este Cuerpo de oficinas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 491 de 1904