ARTICULO 31. Del Contenido. El manual específico de funciones y requisitos a nivel de cargos, contendrá como mínimo
El índice, relacionando las denominaciones, los códigos y los grados de los cargos y la dependencia o área de trabajo.
La resolución de adopción, modificación, actualización o adición del manual.
La descripción de las funciones y de los requisitos de los cargos.
La copia del decreto que establece, modifica o adiciona la planta de personal.