°. Modificación del numeral 3 del artículo 2.25.5 del Decreto número 1068 de 2015. Modifíquese el numeral 3 del artículo 2.25.5. del Decreto 1068 de 2015, el cual quedará así: “ ARTÍCULO 2.25.5. Instrumentos de Promoción Crediticia. Instrumentos de promoción crediticia que se podrán otorgar los siguientes: (...) 3. Incentivos al hábito del buen pago. Los deudores que hayan realizado sus pagos en los términos establecidos del crédito (capital e intereses) y no hayan incurrido en una mora superior a 30 días continuos durante la vigencia del mismo, podrán recibir un incentivo correspondiente a un porcentaje del monto financiado para fomentar la cultura de buen pago. 3.1. Para el segmento no agropecuario operado por el Banco de Comercio Exterior de Colombia S. A. Bancóldex cuyas operaciones individuales no superen los dos salarios mínimos mensuales legales vigentes (2 SMMLV), podrán acceder a un incentivo a pago oportuno del cinco por ciento (5%) del valor del capital del crédito. La aplicación del incentivo se realizará cuando se haya saldado al menos el 70% del capital del respectivo crédito, siempre y cuando se esté al día en el pago de la obligación. 3.2. Para el segmento Agropecuario operado por el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario (Finagro) cuyas operaciones individuales no superen los dos salarios mínimos mensuales legales vigentes (2 SMMLV) un incentivo a pago oportuno del cinco (5%) del valor del capital del crédito. La aplicación del incentivo se realizará cuando se haya saldado al menos el 70% del capital, siempre y cuando se esté al día en el pago de la obligación. Los anteriores incentivos, serán verificados por los correspondientes proveedores de crédito. ( …) ”.
Decreto 1396 de 2025 →Vigente
Artículo 4
Modificación Del Numeral 3 Del Artículo 2
Decreto 1396 de 2025 · por medio del cual se modifican los artículos 2.25.3, 2.25.4 y 2.25.5. del Decreto número 1068 de 2015, en lo relacionado con las condiciones de acceso y financieras de las operaciones de crédito del “Programa CREO, un Crédito para Conocernos” y se actualiza su denominación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.