Micelio

Artículo 28

De La División De Ingresos Y Egresos

Decreto 2332 de 1977 · Por el cual se reorganiza el Departamento de Aeronáutica Civil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la División de Ingresos y Egresos . Son funciones de la División de Ingresos y Egresos

1.

Recaudar los ingresos que por todo concepto deba percibir el Fondo Aeronáutico Nacional conforme a las disposiciones vigentes;

2.

Efectuar los pagos a cargo del Fondo Aeronáutico Nacional;

3.

Mantener en custodia todos los valores e instrumentos negociables a favor del Fondo Aeronáutico Nacional;

4.

En coordinación con las demás dependencias, velar por el oportuno recaudo de los ingresos por los servicios que presta el Departamento;

5.

Llevar los registros correspondientes a los ingresos y egresos y presentar los respectivos informes;

6.

Comunicar periódicamente al Jefe del Departamento y a 1a Dirección General Financiera sobre el estado de fondos y su disponibilidad, y

7.

Las demás que le sean encomendadas y correspondan a la naturaleza de la Dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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