Decreto 491 de 1904 · por el cual se reglamenta la Ley 89 de 1903, sobre Instrucción pública.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Art. 6° Toca a la Junta de que habla el artículo anterior velar constantemente por la marcha de la Instrucción pública en el respectivo Municipio.
Parágrafo
Anualmente la Junta nombrará un empleado de su seno, que será el Presidente de ella, para servir de órgano de comunicación respecto de los inspectores provinciales. CAPITULO V De la inspección en general
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.