°. Competencia . La Ventanilla Única Electoral Permanente funcionará en la Dirección para la Democracia, la Participación Ciudadana y la Acción Comunal del Ministerio del Interior, para las elecciones ordinarias, atípicas y las consultas internas de los partidos y movimientos políticos para la escogencia de sus candidatos. Así mismo, para la elección de las directivas de los partidos y movimientos políticos, y la presentación de ternas para alcalde o gobernador por suspensión o falta absoluta de los mandatarios territoriales elegidos popularmente, cuando a ello hubiera lugar.
Decreto 513 de 2015 →Vigente
Artículo 3
Competencia
Decreto 513 de 2015 · por medio del cual se crea la Ventanilla Única Electoral Permanente.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.