Micelio

Artículo 2

Decreto 1455 de 1956 · Por el cual se autoriza la emisión de una estampilla y se conceden facultades al Departamento de Bolívar

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo . Autorízase al Departamento de Bolívar para hacer obligatorio el uso de esta estampilla, fijar las tarifas y determinar los demás asuntos relacionados con su empleo en todas las operaciones que se lleven a cabo en el mismo Departamento y que afecten los Tesoros Departamental y Municipales de Bolívar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1455 de 1956