Micelio

Artículo 29

Dentro Del Mes De Enero De Cada Año, El Director General Presentará Al Gobierno Y A La Junta Directiva, Un Informe Detallado Sobre El Funcionamiento, Resultados Y Situación De Los Negocios Y Operaciones Del Instituto En El Año Fiscal Inmediatamente Anterior

Decreto 837 de 1952 · Por el cual se reorganiza el Instituto Nacional de Fomento Municipal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dentro del mes de enero de cada año, el Director General presentará al Gobierno y a la Junta Directiva, un informe detallado sobre el funcionamiento, resultados y situación de los negocios y operaciones del Instituto en el año fiscal inmediatamente anterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 837 de 1952