Adición del literal m) al numeral 1 del artículo 1.6.1.2.18. del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria. Adiciónese el literal m) al numeral 1 del artículo 1.6.1.2.18. del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria, así: “m) Por unificación de las entidades de derecho público del orden nacional, departamental, municipal y descentralizados que deban cumplir sus obligaciones de forma consolidada.”
Decreto 1468 de 2019 →Vigente
Artículo 14
Adición Del Literal M) Al Numeral 1 Del Artículo 1
Decreto 1468 de 2019 · por el cual se reglamenta el numeral 7 del parágrafo 3° del artículo 437 y los artículos 555-2 y 903 al 916 del Estatuto Tributario, se modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, y se adiciona el Decreto 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.